Desde el Equipo British, fomentamos que nuestro alumnado desarrolle todas las destrezas no sólo en el aula sino en contextos naturales y reales. En concreto, el pasado mes de octubre, realizamos en inglés, Fátima y Estrella docentes al cargo, una actividad con alumnado de Alemania, ya que contábamos con la suerte de tener a dos profesores alemanes desarrollando un Jobshadowing con profesorado de nuestro IES.
La actividad consistió en un encuentro virtual, para tratar temas de interés de los participantes y así fomentar su deseo de comunicación con otras personas de otras nacionalidades cuya lengua materna no es la misma, teniendo como vehículo de comunicación la lengua inglesa y desarrollando de esta forma su comprensión y producción de textos orales a través de la actividad.
Es una sociedad de carácter mercantil cuyo capital está dividido en acciones, que se forma por las aportaciones de los socios.
Esta sociedad suele ser utilizada cuando un grupo de socios quiere realizar una misma actividad empresarial, pero sobre todo necesitan a alguien que aporte una mayor cantidad de capital, que éste se divide en acciones.
Nuestra empresa se dedicará a la compraventa de insumos, maquinarias y en general dedicarse a actividades mercantiles de toda clase, pudiendo hacer importaciones y exportaciones.
Se rige por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
Esta sociedad debe de tener mínimo dos socios, ya que hay dos tipos:
Socio colectivo: en este caso serán Alex y Gloria, que responden personalmente con las deudas sociales y alguno de éstos serán los administradores de la sociedad.
Socios comanditarios: serán Nicolás y Paula, que no tienen esa responsabilidad, estos socios se limitan a aportar acciones y no encargarse de más, invierten su dinero en acciones con la intención de obtener beneficio.
La sociedad comanditaria por acciones podrá utilizar una razón social, con el nombre de todos los socios colectivos, de alguno de ellos o de uno solo, o bien una denominación objetiva, con la necesaria indicación de “Sociedad comanditaria por acciones” o su abreviatura “S. Com. por A.”. En nuestro caso se llamará “MAGA Y LÓPEZ, S. COM. POR A”.
Fiscalmente, está sujeta al impuesto de Sociedades.
CARACTERÍSTICAS DE LA SOCIEDAD.
Constitución formalizada mediante escritura pública y posterior inscripción en el Registro Mercantil y se publica en el Boletín Oficial del Registro.
Tienen que llevar un Libro de inventarios y Cuentas anuales, un Diario (registro diario de las operaciones) y un Libro de actas que recogerá todos los acuerdos tomados por las Juntas Generales y Especiales y los demás órganos colegiados de la sociedad.
También llevará un Libro-registro de acciones nominativas, en el que se harán constar las sucesivas transferencias de las acciones, así como la constitución de derechos reales y otros gravámenes sobre aquellas. La sociedad solo reputará accionista a quien se halle inscrito en dicho libro.
Si necesitas más información y te ha gustado nuestra sociedad, aquí os dejamos el link a la presentación que hemos realizado:
Somos cuatro socias en esta Cooperativa, Daximair Cordero Rojas, Beatriz Martínez Gallego, Mª Pilar Del Rio Sánchez y Esmeralda Vásquez Leytón y nuestra actividad es la producción y elaboración de alimentos de panaderías derivados del trigo.
Nos solventamos en la idea del SABOR DE TRES CULTURAS y ofrecemos servicio a todo el mundo, desde familias hasta empresas.
Así que nuestros consumidores y a la vez con posibilidad de ser socios en esta Cooperativa son tanto los responsables de una gran cadena de hoteles en busca de un proveedor de panadería fiable y coherente, o personas particulares de una familia que busca panes y pasteles de calidad para sus hijos.
Nos regimos bajo el marco legal de cooperativas de Castilla La Mancha.
Presentamos la sociedad
https://www.youtube.com/watch?v=BYfuQdZFb4U&t=4s
Estatutos
https://www.youtube.com/watch?v=OpE_wyijfGI
Escritura pública
https://www.youtube.com/watch?v=5PYZ8xIe-tg
Y al final determinamos que la Sociedad tenga la obligación de legalizar los libros contables y depositar las cuentas anuales y procedimos a llevar a cabo la normas legales que lo rigen:
Es una sociedad constituida por personas que se asocian, en régimen de libre adhesión y baja voluntaria, para realizar actividades empresariales, encaminadas a satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas y sociales, con estructura y funcionamiento democrático.
Sobre la Sociedad cooperativa hemos estudiado la normativa de la forma jurídica (escritura de constitución y estatutos, la denominación social…)
En este trabajo realizado también hemos tratado el objeto social tiene la empresa, razón social, número de socios, aportación de los socios, etc…
También hemos hablado sobre cómo se cumplimenta la escritura de constitución y los estatutos.
Hemos añadido también un estudio sobre esta sociedad con documentación para poder crearla (tramites, plazos…)
Al final hemos determinado si la sociedad tiene la obligación de legalizar los libros contables y depositar las cuentas anuales.
Si te interesa el esta sociedad puedes pulsar el siguiente link donde encontrarás una presentación que hemos hecho sobre la cooperativa que hemos creado,
AL FINAL DE DICHA PRESENTACION MEDIANTE UN ICONO PODEMOS ACCEDER A UN JUEGO QUE HEMOS CREADO, (adjuntamos aquí el link para que puedas acceder más fácilmente):
Somos una comunidad de bienes formada por 5 autónomos (Álvaro Peralta, Beatriz Fernández, Beatriz Ruiz, María Gómez y Minerva García) con el objetivo de ofrecer un servicio de reparación de vehículos y maquinaria agrícola. No consideramos a la Comunidad de Bienes como un tipo de sociedad, ya que carece de personalidad jurídica.
Normativa
Nuestra empresa no tiene personalidad jurídica propia, se por el Código de Comercio en material mercantil y por el Código Civil en materia de Derechos y Obligaciones.
Documentación
Se le ha adjuntado la Constitución de Comunidades de Bienes, donde exponen sus servicios establecidos por el Código Civil, artículo 392 y siguientes, del Título III, es voluntad de los contratantes constituir una Comunidad de Bienes, la cual se regirá por los Estatutos redactados y firmados por los comparecientes.
También se le ha adjuntado un Documento Privado de Constitución de Comunidades de Bienes donde declaran una serie de pautas con el nombre y el derecho de cada uno de nuestros comuneros.
Las Sociedades Anónimas Laborales son Sociedades Anónimas en las que la mayoría del capital social es propiedad de los trabajadores que prestan en ellas servicios retribuidos en forma personal y directa, cuya relación laboral es por tiempo indefinido.
Sobre esta sociedad se ha estudiado la normativa de esta forma jurídica indicando los artículos que hacen referencia a la escritura de constitución y estatutos, denominación social y qué libros societarios se exigen.
Por otro lado, se habla de qué objeto social tiene la empresa, cómo se va a llamar, qué aportaciones realiza cada socio y quién será la persona que se encargue de la administración.
El siguiente punto a tratar es cómo se cumplimenta la escritura de constitución y los estatutos de la sociedad.
También se completará el estudio de esta sociedad con otra documentación necesaria para poder crear esta nueva empresa.
Para terminar, se determina si la sociedad tiene la obligación de legalizar los libros contables y depositar las cuentas anuales. También se expondrán los plazos y trámites que hay que seguir.
Si quieres saber más sobre este tipo de sociedad tan interesante y útil pincha en el siguiente link.
Somos una cooperativa de enseñanza de primer grado, nos dedicamos a proporcionar a los alumnos un aprendizaje profundo, gracias a las aportaciones y diferencias de los 5 miembros que la constituimos. Así, mediante el aprendizaje cooperativo se pretende que los alumnos puedan resolver las tareas que se les propone como grupo y que consigan profundizar en su propio aprendizaje.
¿Por qué ley nos guiamos?
Nos regimos por la Ley de Cooperativas 27/1999.
Documentación
Los trabajadores están dados de alta mediante el TA_1 y con su contrato específico a la función realizada. Tenemos también de forma telemática y en mano las escrituras y estatutos de dicha forma jurídica. Tuvimos que presentar varias licencias y documentaciones específicas como el modelo 600.
Legalización de libros contables
Tiene la obligación de diligenciar y legalizar a través del Registro Mercantil todos los libros contables y sociales y su plazo para legalizarlos son 4 meses, se depositan en el registro de cooperativas.
Información adicional
Pulsa aquí para obtener más información de nuestra forma jurídica:
El alumnado de «Aceite de Oliva y Vinos» ha realizado una extracción en verde de variedad Picual y Cornicabra, producidas en la zona y cuyo resultado es un excelente Aceite de Oliva Virgen Extra. Felicidades PRIMERO DE ACEITE DE OLIVA Y VINOS por el trabajo realizado
Nuestros alumnos han guiado la visita, han controlado el proceso de extracción, han realizado demostraciones, han dirigido la cata de aceite y se han portado como auténticos profesionales. MUCHAS GRACIAS.
Dentro de la nueva temporada del Real Junior y siendo nuestro instituto «Colegio amigo del Teatro Real», el pasado viernes 11 de noviembre alumnado de 1º y 2º de la ESO pudo asistir en Madrid a una versión adaptada de la ópera Aida de Giuseppe Verdi.
Esta versión reducida de la ópera estuvo interpretada por cantantes del programa Crescendo de la Fundación Amigos del Teatro Real y por la Joven Orquesta de la Comunidad de Madrid (JORCAM) dirigidos a la batuta por Isabel Rubio. Esta adaptación de Aída ha servido al alumnado para tener un primer acercamiento al mundo de la lírica dentro de un marco incomparable como puede ser el Teatro Real.
La actividad extraescolar finalizó con la asistencia a los multicines del Palacio de Hielo donde el alumnado pudo disfrutar de un pase privado del estreno de la película musical «Lilo, mi amigo el cocodrilo» en versión original con subtítulos en español.