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Elementos de un acto administrativo

Elementos de un acto administrativo

Podemos distinguir tres tipos de elementos en un acto administrativo.

 

ELEMENTOS SUBJETIVOS.

 

La Administración se compone de órganos, a través de los que se manifiesta, y que son los que van a ejercitar la capacidad de obrar de la misma.

 

Estos órganos (cuyo titular o titulares han de estar debidamente cualificados para realizar sus funciones), tienen asignadas las competencias que establecen las normas, por lo que cualquier órgano que actúe sin atenerse a las mismas, no estará desarrollando un acto administrativo.

 

Un ejemplo de órgano administrativo sería la Dirección General de Universidades, Investigación e Innovación de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

 

ELEMENTOS OBJETIVOS.

 

Son elementos objetivos de un acto administrativo:

 

  • Su contenido, que podrá estar integrado por una declaración de voluntad, conocimiento, deseo o juicio.

 

  • Su objeto, que debe ser posible, lícito (ajustado al ordenamiento jurídico) y determinado.

 

ELEMENTOS FORMALES.

 

Son elementos formales de un acto administrativo:

 

  • El procedimiento: la Administración no puede proceder según su propio criterio, sino que ha de seguir los pasos que marcan las normas para el desarrollo del acto, es decir, ha de seguir un procedimiento determinado.

 

  • La motivación o exigencia de expresar en ciertos actos su causa, es decir, los fundamentos o motivos que lo justifican. Por ejemplo, en los actos que limiten derechos subjetivos o intereses legítimos.

 

  • La forma: los actos administrativos se producirán por escrito a través de medios electrónicos, a menos que su naturaleza exija otra forma más adecuada de expresión y constancia.