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Derechos y garantías de los administrados en su relación con la Administración

Derechos y garantías de los administrados en su relación con la Administración

En sus relaciones con los ciudadanos, la Administración se encuentra normalmente en un plano de superioridad, reflejo de las facultades de que aquélla dispone en su función de tutela del interés público.

Estas facultades se equilibran con los correspondientes derechos y garantías de los particulares.

Derechos de los administrados en general, y de los interesados en un procedimiento administrativo

Los principales derechos de los administrados en su relación con la Administración son:

 

  • A comunicarse con las Administraciones Públicas a través de un Punto de Acceso General electrónico de la Administración.

  • A ser asistidos en el uso de medios electrónicos en sus relaciones con las Administraciones Públicas.

  • A utilizar las lenguas oficiales en el territorio de su Comunidad Autónoma.

  • Al acceso a la información pública, archivos y registros en los términos previstos en el ordenamiento jurídico.

  • A ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y funcionarios, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.

  • A exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y autoridades, cuando así corresponda legalmente.

  • A la obtención y utilización de los medios de identificación y firma electrónica.

  • A la protección de datos de carácter personal, y en particular, a la seguridad y confidencialidad de los datos que figuren en los ficheros, sistemas y aplicaciones de las Administraciones Públicas.

 

Por otro lado, los interesados en un procedimiento administrativo tienen los siguientes derechos:

 

  • A conocer, en cualquier momento, el estado y ciertos detalles de la tramitación del procedimiento (se puede obtener copia de los documentos contenidos en el procedimiento).

  • A identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públicas, bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos.

  • A no presentar documentos originales, salvo que la normativa establezca lo contrario, en cuya caso, se podrá obtener una copia auténtica de los mismos.

  • A no presentar datos y documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, que ya se encuentren en poder de la Administración o que hayan sido elaborados por ésta.

  • A formular alegaciones y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que deberán ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución.

  • Otros: obtener información sobre los requisitos jurídicos o técnicos de proyectos, actuaciones o solicitudes, actuar asistidos de asesor, cumplir las obligaciones de pago a través de medios electrónicos, etc.

Garantías de los administrados

Por su parte, las principales garantías de los administrados en su relación con la Administración son:

 

  • Abstención: cuando las autoridades o personal al servicio de la Administración, en el desarrollo de sus funciones, se encuentren en alguno de los siguientes casos, deben abstenerse de participar en el procedimiento:

 

    • Tener interés personal en el asunto, ser administrador de la sociedad interesada, etc.
    • Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable o parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
    • Tener amistad íntima o enemistad manifiesta.
    • Intervenir como perito o testigo.
    • Tener relación de servicio o haberla tenido en los dos últimos años con la persona interesada.

 

  • Recusación: cuando el interesado en el procedimiento observa que se ha dado alguno de los casos anteriores sin que se haya producido la correspondiente abstención, puede solicitar la recusación de la autoridad o personal al servicio de la Administración. Tal recusación, se dirigirá por escrito a la persona inmediatamente superior, la cual procederá a la sustitución de la persona si así procede o a su mantenimiento si no se dan las causas alegadas.

¿Sabías que.....?

¿En cuáles de los siguientes casos una persona o autoridad al servicio de la Administración Pública debe abstenerse de participar en un procedimiento administrativo?.