Los Ministros
Los Ministros dirigen, en cuanto titulares de un departamento ministerial, los sectores de actividad administrativa integrados en su Ministerio y asumen la responsabilidad inherente a dicha dirección.
Tienen, entre otras, las siguientes competencias:
- Ejercer la potestad reglamentaria.
- Fijar los objetivos del Ministerio, aprobar los planes de actuación del mismo y asignar los recursos necesarios para su ejecución.
- Determinar y proponer la organización interna de su Ministerio.
- Dirigir la actuación de los titulares de los órganos superiores y directivos del Ministerio.
Los Ministros constituyen, junto a los Secretarios de Estado, los órganos superiores de cada Ministerio.
La determinación del número, la denominación y el ámbito de competencia respectivo de los Ministerios y las Secretarías de Estado se establecen mediante Real Decreto del Presidente del Gobierno.