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Las Subdelegaciones del Gobierno en las provincias

Las Subdelegaciones del Gobierno en las provincias

En cada una de las provincias de las Comunidades Autónomas pluriprovinciales, existirá un Subdelegado del Gobierno, que estará bajo la inmediata dependencia del Delegado del Gobierno.

Podrán crearse por Real Decreto Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas uniprovinciales, cuando circunstancias tales como la población del territorio, el volumen de gestión o sus singularidades geográficas, sociales o económicas así lo justifiquen. Este es el caso de la Comunidad Autónoma de Madrid.

En las Comunidades Autónomas uniprovinciales en las que no exista Subdelegado, el Delegado del Gobierno asumirá sus competencias.

Los Subdelegados del Gobierno son órganos directivos que tienen nivel de Subdirector General y, por tanto, no tienen la condición de alto cargo.