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Marco jurídico que regula la actividad empresarial

¿Te has preguntado alguna vez.....?

¿Qué ocurriría si la actividad empresarial no estuviera regulada por una serie de normas jurídicas?.

Obligaciones

Las principales obligaciones mercantiles que afectan al empresario son las siguientes:

  • Obligaciones de contabilidad y documentación de sus operaciones: según el artículo 25 del Código de comercio, “todo empresario deberá llevar una contabilidad ordenada, adecuada a la actividad de su empresa, que permita un seguimiento cronológico de todas sus operaciones, así como la elaboración periódica de balances e inventarios. Llevará necesariamente, sin perjuicio de lo establecido en las leyes o disposiciones especiales, un libro de Inventarios y Cuentas anuales y otro Diario. La contabilidad será llevada directamente por los empresarios o por otras personas debidamente autorizadas, sin perjuicio de la responsabilidad de aquellos”. Por otro lado, el empresario tiene la obligación de legalizar los libros en un plazo de 4 meses desde el cierre del ejercicio.

  • Obligaciones referentes a la publicidad jurídica de su condición de empresario, de su empresa y de su actividad: según el artículo 16 del Código de Comercio, el Registro Mercantil tiene por objeto la inscripción de  empresarios individuales y sociedades mercantiles (entre otros). Por su parte, el artículo 19 del Código de comercio establece que la inscripción en el Registro Mercantil será potestativa para los empresarios individuales, con excepción del naviero. El empresario individual no inscrito no podrá pedir la inscripción de ningún documento en el Registro Mercantil ni aprovecharse de sus efectos legales. La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, regula la figura del emprendedor de responsabilidad limitada, que deberá inscribirse en el Registro Mercantil para que la responsabilidad derivada de su actividad empresarial o profesional no afecte a su vivienda habitual (hasta 300.000€, aplicándose un coeficiente de 1,5 en poblaciones de más de 1 millón de habitantes). En la inscripción se harán constar los datos del correspondiente bien inmueble.

  • Sometimiento al concurso voluntario de acreedores, como procedimiento concursal colectivo para resolver las situaciones de anormalidad económica en el cumplimiento de sus obligaciones. La ley mercantil de referencia en esta materia es la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

  • Obligación de lealtad en la competencia mercantil, no recurriendo a conductas o medios desleales que, violando las normas de corrección, puedan perjudicar a sus competidores. La ley mercantil de referencia en esta materia es la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal. Son ejemplos de conductas desleales los actos de engaño, los actos de confusión, las omisiones engañosas, las prácticas agresivas, los actos de denigración, los actos de comparación, los actos de imitación, la venta a pérdida, etc.

  • Obligación de no realizar prácticas restrictivas de la competencia (conductas colusorias) o de abuso de posición dominante. La ley mercantil de referencia en esta materia es la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.

 

Además de las obligaciones mercantiles citadas, sobre el empresario pesan otras obligaciones de distinta índole. Así: a) desde el punto de vista fiscal, se destacan las declaraciones periódicas y el pago de los distintos impuestos que gravan la actividad empresarial, o las cantidades que la empresa está obligada a retener; b) desde el punto de vista laboral, se señalan el alta de la empresa en la Seguridad Social, el pago de sueldos y salarios, las cotizaciones a la Seguridad Social, etc.; c) desde el punto de vista administrativo, se apunta la solicitud de la licencia de obras, de apertura del local, etc.

Derechos

Los derechos más importantes que asisten al empresario son los siguientes:

 

  • Derecho a utilizar en beneficio propio los medios de contabilidad, publicidad y concurso voluntario de acreedores antes mencionados.

  •  Derecho a ejercer la competencia, accediendo con libertad a la explotación de las actividades económicas. Se trata del “derecho a la libre empresa” reconocido por la Constitución.

  • Derecho a exigir lealtad en el ejercicio de la competencia realizada por sus competidores y a exigir que se ponga fin a los abusos de posición dominante o a las prácticas restrictivas de otros competidores.

  • Derecho a utilizar signos distintivos (marcas, nombres comerciales, etc.) en el ejercicio de su actividad económica.

¿Sabías que.....?

¿Qué plazo tiene el deudor para solicitar la declaración de concurso?.

 ¿Puede el acreedor solicitar la declaración de concurso?. En caso afirmativo, ¿cómo se llama el concurso?:

Una vez declarado el concurso y nombrada una administración concursal, ¿qué plazo tiene el acreedor para comunicar su crédito?.

 ¿Qué tipo de resolución puede tener un concurso?.