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Trámites de constitución de las sociedades laborales y sociedades cooperativas

Trámites de constitución de las sociedades laborales y sociedades cooperativas

La constitución de sociedades laborales y sociedades cooperativas comprende prácticamente los mismos trámites comentados, pero con ciertas peculiaridades.

En el caso de la constitución de sociedades laborales:

  • Será necesario obtener la oportuna calificación y ser inscrita en el Registro Administrativo de Sociedades Laborales, antes de su inscripción en el Registro Mercantil. Este trámite se realizará justo después de solicitar el NIF provisional y antes de realizar la liquidación del Impuesto sobre operaciones societarias, y se emplearán para ello los medios electrónicos, informáticos y telemáticos que se habiliten al efecto.
  • El plazo para inscribir la escritura de constitución en el Registro Mercantil será de dos meses desde el otorgamiento de la misma.

Si se pretende constituir una sociedad cooperativa, la certificación negativa de denominación se debe solicitar ante el Registro de Sociedades Cooperativas, efectuándose también la inscripción de la escritura en dicho Registro.