Saltar la navegación

El Poder Judicial

El Poder Judicial

Las normas jurídicas regulan la conducta de seres libres, que pueden desobedecer su mandato básico.

Por ello, es necesario un sistema de órganos (Tribunales y Juzgados) que obliguen a cumplir esas normas.

Los jueces y magistrados son independientes. No están sometidos a órdenes ni mandatos de ningún tipo. Sólo están sometidos en sus decisiones a lo dispuesto en las leyes, sin que tengan libertad de juzgar al margen de la ley o con una interpretación libre de ésta.

El Consejo General del Poder Judicial es el órgano de gobierno de jueces y magistrados. Se encarga de sus nombramientos, ascensos, inspección y régimen disciplinario.

 La ordenación jerárquica de Tribunales y Juzgados es la siguiente:

El Tribunal Supremo

Tiene su sede en Madrid  y es un órgano jurisdiccional único en España con jurisdicción en todo el territorio nacional, constituyendo el tribunal superior en todos los órdenes (civil, penal, contencioso-administrativo y social), salvo lo dispuesto en materia de garantías y derechos constitucionales, cuya competencia corresponde al Tribunal Constitucional.

La Audiencia Nacional

Tiene su sede en Madrid  y es un órgano jurisdiccional único en España con jurisdicción en todo el territorio nacional. Se ocupa de los delitos de mayor gravedad y relevancia social como son, entre otros, los de terrorismo, crimen organizado, narcotráfico, delitos contra la Corona o los delitos económicos que causan grave perjuicio a la economía nacional.

Los Tribunales Superiores de Justicia

Máximos órganos jurisdiccionales de las Comunidades Autónomas con jurisdicción en el territorio de éstas.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha tiene su sede en Albacete.

Las Audiencias Provinciales

Son tribunales de justicia que abarcan una provincia y tienen su sede en la capital respectiva. Son órganos colegiados con competencia en los órdenes jurisdiccionales civil y penal (en este último, conoce del enjuiciamiento de los delitos que llevan aparejadas penas de mayor gravedad -para las que no son competentes los Juzgados de lo Penal-).

 

Los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, de lo Mercantil, de lo Social, de lo Penal, de Vigilancia Penitenciaria, de Menores, de Violencia sobre la mujer

Juzgados especializados en unas determinadas materias cuya jurisdicción se extiende, en principio, a una provincia, en cuya capital se encuentra su sede (no obstante, hay excepciones, pudiendo ciertos juzgados extender su jurisdicción a varias provincias).

Los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Son órganos unipersonales que ejercen funciones jurisdiccionales tanto en el orden civil como en el penal dentro del territorio de su competencia llamado partido judicial. El nombre del partido judicial toma denominación del municipio donde se encuentra su sede.

Los Juzgados de Paz

Tienen jurisdicción municipal y sus jueces no son profesionales, siendo nombrados por el Pleno municipal.